Área Privada

CONÓCENOS

La Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ), como Organización Empresarial más representativa de la Provincia de Jaén,  es la organización que representa, defiende y fomenta los intereses de las empresas y autónomos de la provincia de Jaén.

La Confederación de Empresarios de Jaén aglutina a más de 20.000 empresarios de la provincia en las más de 60 asociaciones sectoriales y territoriales que, con carácter voluntario, integran su estructura.

Constituida al amparo de la ley de Libre Asociacionismo de 1977, la Confederación de Empresarios de Jaén es la encargada de representar y defender los intereses empresariales de sus asociados, potenciando su protagonismo en los foros económicos y sociales, como interlocutora oficial del sector empresarial.

Presidente de la Confederación de Empresarios de Jaén

Bartolomé González Ruiz (Úbeda 1976)

El presidente de la Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ) es empresario de primera generación en su familia, aunque con una dilatada experiencia en el mundo de la empresa al que se vinculó en 1996 con la creación de su primera firma, Asyrep Reparaciones en el Hogar S.L, dedicada a la atención integral de siniestros para compañías aseguradoras y primera compañía del sector en la provincia. Tras Asyrep fundó Camdesa, empresa de desatranques y limpieza industrial con sedes en Úbeda, Jaén y Granada. Actualmente su actividad empresarial está diversificada, además, en el sector de las nuevas tecnologías, telecomunicaciones, cultura, ocio y turismo.

En el ámbito asociativo, es presidente desde 2003 de la Asociación Local de Comercio, Industria y Servicios de Úbeda, (ALCISER), vicepresidente de la Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ), desde 2005 y vicepresidente desde 2017 de la Asociación Nacional de Empresas Reparadoras de Hogar para compañías aseguradoras (AESA). Fue presidente y fundador de la Asociación de Desarrollo Turístico de Úbeda y Baeza (TUBBA).

¿QUÉ OFRECEMOS?

Hacerte oír e influir. Representamos y defendemos tus intereses ante cualquier organismo. Formamos parte de multitud de organismos de la administración pública, proporcionando interlocución de alto nivel con las instituciones.

Representación. Tu pertenencia garantiza estar representado en CEA, CEPYME y CEOE, lo que supone una proximidad real a información, soluciones y ventajas.

Unión. La Confederación de Empresarios de Jaén aglutina a más de 20.000 empresarios de la provincia en las más de 60 asociaciones sectoriales, asociaciones locales o comarcales y empresas asociadas, con carácter voluntario, integran su estructura.

Negocio. Como empresa asociada, fomentamos tu conocimiento, colaboración y relación con otras empresas. Tendrás la posibilidad de participar en los proyectos que desarrollamos.

Asesoramiento. Nos ponemos a tu disposición para resolver cualquier consulta. Tendrás servicios de asesoramiento en Innovación, Ayudas, Creación de Empresas, Prevención de Riesgos Laborales, Formación…

Participación. Podrás aportar tu opinión en la elaboración de las propuestas que remitimos a los legisladores de todas las administraciones respecto a materias que te afectan. Tendrás acceso a cualquier información que afecte a tu actividad empresarial.

Negociación colectiva. Formamos parte, de forma directa, de la negociación colectiva de ámbito provincial y, de forma indirecta, de la negociación colectiva de ámbito autonómico y nacional. Formamos parte del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía (Sercla).

Visibilidad. Podrás utilizar nuestras salas e instalaciones que estarán a tu disposición incluyendo todos los medios técnicos.

Especialización. Dispones de comisiones de trabajo especializadas para propiciar la necesaria colaboración empresarial y la mejora de la competitividad de tu empresa.

Ventajas exclusivas. Obtendrás ventajas exclusivas como empresa asociadas a través de nuestros convenios y descuentos.

SERVICIOS

DEPARTAMENTO DE  ASESORAMIENTO CREACIÓN DE EMPRESAS

El Departamento de Asesoramiento para la Creación de Empresas pone a disposición de los emprendedores un servicio de consultoría y apoyo técnico para el desarrollo y consolidación de un proyecto empresarial. Con carácter general, las principales líneas de actuación son la atención de consultas a emprendedores e iniciativas empresariales de reciente creación, así como a empresas ya creadas de cara a ampliar sus líneas de negocio.

Las actividades del Departamento de Asesoramiento para la Creación de Empresas se coordinan con CEA en el marco del proyecto de Fomento de la Cultura y Emprendedora y el Autoempleo CEA+Empresas.

DEPARTAMENTO DE ASESORAMIENTO TECNOLÓGICO

El Departamento de Asesoramiento Tecnológico ofrece asesoramiento empresarial en materia de innovación, nuevas tecnologías y transformación digital, buscando líneas de ayudas y financiación, ayudando a las empresas a ser más competitivas y sobrevivir en un entorno cada vez más digital.

Este Departamento realiza, asimismo, la gestión de los sistemas de las tecnologías de la información de la organización: bases de datos, mantenimientos de los sistemas informáticos, contenidos webs, soporte audiovisual y de comunicaciones en las salas de reuniones y aulas, telefonía y el soporte a los usuarios internos, así como a los técnicos de las asociaciones miembro y su acceso a nuestro sistema de gestión interno.

DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Este departamento refleja el compromiso de la CEJ con la prevención de riesgos laborales y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en las empresas. El departamento de Prevención de Riesgos Laborales facilita información a las empresas y profesionales.

La CEJ también forma parte de la Comisión Provincial de Prevención de Riesgos Laborales, integrada por las delegaciones de Empleo y Salud de la Junta de Andalucía, el Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Jaén, la Inspección Provincial de Trabajo, el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) y los sindicatos UGT y CCOO.

DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN

El Departamento de Formación de la CEJ desarrolla un amplio Programa de Actividades Formativas dirigidas tanto a pymes y autónomos como a trabajadores y personas desempleadas y que mantiene, en líneas generales, los elementos tradicionales que han caracterizado a la formación desarrollada por la Confederación de Empresarios como son el tratarse de una formación para el empleo, de alta calidad metodológica y con una conexión permanente con el entorno empresarial jiennense.

La línea principal de actuación del Departamento de Formación tiene como objetivo, por un lado, mejorar y adaptar la capacitación profesional de empresarios, autónomos, trabajadores, y jóvenes en desempleo y, por otro, continuar con la firme apuesta por el fomento de las vocaciones empresariales en nuestra Provincia.

En definitiva, las actividades formativas que desarrolla el Departamento de Formación de la CEJ responden a las líneas de actuación que debe tener presente una organización empresarial comprometida con el desarrollo económico y social de Jaén, y que se traducen en el fomento de las vocaciones empresariales entre la juventud, la mejora de las técnicas de gestión de las empresas jiennenses y la inserción de los jóvenes en los distintos sectores de nuestra economía.

DEPARTAMENTO DE Internacionalización

El proyecto CESEAND, de apoyo a la internacionalización de empresas, ayuda a las mismas a tener presencia internacional a través de la EEN (Enterprise Europe Network) de manera que otras empresas de otros países puedan contactar con ellas para proponer negocios o colaboraciones.

COMITÉ EJECUTIVO 

1- El Comité Ejecutivo es el órgano colegiado de permanente actuación en el gobierno, gestión, administración y dirección de la CEJ.

2- El Comité Ejecutivo estará compuesto por:

  • El Presidente.
  • Los Vicepresidentes.
  • Un vocal por cada organización provincial sectorial.
  • Tres vocales en representación de todas las organizaciones intersectoriales locales o comarcales.

El Secretario General asistirá al Comité Ejecutivo con voz pero sin voto y actuará como secretario en sus reuniones.

3- Las atribuciones del Comité Ejecutivo serán las conferidas por el artículo 15º para la Junta Directiva, a excepción de las 11º, 14º y 15º, debiendo dar cuenta a esta de las actuaciones realizadas en el ejercicio de tales atribuciones; asimismo el Comité Ejecutivo podrá adoptar decisiones fuera de esas competencias que en todo caso deberán ser ratificadas por la Junta Directiva, sin perjuicio de la validez, de los acuerdos tomados.

4- En las competencias del Comité Ejecutivo y en aquellos casos que lo aconsejen por razones de pura urgencia actuará la Mesa del Comité Ejecutivo integrada por el Presidente y los Vicepresidentes, asistiendo el Secretario General.

5- El Comité Ejecutivo se reunirá cuantas veces sea necesario, por decisión del Presidente o de la quinta parte de sus componentes, mediante convocatoria cursada al efecto en la que deberá constar el lugar, día y hora de la reunión; dicha convocatoria hará de ser cursada con tres días de antelación como mínimo o veinticuatro horas en caso de urgencia.

También podrá reunirse sin mediar convocatoria, si estando presente todos unánimemente acuerdan en constituirse en sesión para tratar determinadas cuestiones.

Presidente

Bartolomé González Ruiz

 

Secretario General

Mario Azañón Rubio

 

Vicepresidentes

Manuel Alfonso Torres González

Francisco Pastrana Martos

Ada Bernal Martínez

Vocales

Angel  Carrascosa Cano

Gerardo Pérez Giménez

Manuel Carnero Luna

Ildefonso  Espinosa Jiménez

Antonio  Padilla López

Julián  Ortega Moral

Francisco  García de los Reyes

Jerónimo  Manrique Cecilia

Hermenegildo  Marchal Millán

Jesús Fernando Muñoz Hoyo

Antonio  Guirao Carnero

Victoriano   Pérez Mesa

Angel Antonio  Peña Sánchez

Luis Carlos  Valero Quijano

Adelina Luna Alcalá

Lucas  Ruiz Mozas

Juan Francisco  Olivares Leyva

Miguel Ángel  García Barroso

Juan  Afán Muñoz

Higinio  Castellano García

Juan Arévalo Gutiérrez

Raúl  Gil Romera

Federico Gaitán Jumillas

Juan  Morales de Coca

Manuel Antonio De Lorenzo Amado

Juan José  Sanz Jiménez

Manuel Carnero Luna

José Ayala Mendieta

Antonio Lechuga Parras

Miguel Ángel     García Ortega

Mª Teresa          Quesada Hidalgo De Caviedes

1.- La Junta Directiva es el órgano colegiado de gobierno, gestión, administración y dirección de la CEJ.

2.- Estará compuesta por:

– El Presidente

– Los Vicepresidentes.

– El Comité Ejecutivo.

– Un representante por cada organización intersectorial local o comarcal.

– Los representantes de las organizaciones sectoriales provinciales miembros de pleno derecho, para lo cual, designarán cada una por igual, el número de representantes que sean necesarios para que el total de representantes de estás sea igual o superior al total de representantes de las organizaciones intersectoriales locales o comarcales.

– Los Miembros Asociados.

3.- El Secretario General asistirá a la Junta Directiva con voz pero sin voto y actuará como Secretario en sus reuniones.

Atribuciones:

La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones:

1- Dirigir las actividades de la CEJ en el marco de sus competencias.

2- Disponer lo necesario para la ejecución de los acuerdos de la Asamblea General.

3- Proponer a la Asamblea General las representaciones que hayan de atribuirse a los miembros de la CEJ.

4- La admisión por delegación, sujetas a ratificación por la Asamblea General, de las incorporaciones de nuevos miembros y hacer con el mismo carácter, atribución de representantes Vocales en la Asamblea General a los nuevos miembros admitidos y determinar las condiciones de admisión de los nuevos miembros asociados.

5- Elaborar la Memoria anual de actividades para su aprobación por la Asamblea General.

6- Elaborar los presupuestos y liquidaciones de cuentas para su aprobación por la Asamblea General.

7- Decidir en materia de cobros y ordenación de pagos.

8- Velar por el eficaz funcionamiento de los servicios de la CEJ.

9- Adoptar acuerdos referentes a la adquisición y disposición de bienes.

10- Proponer a la Asamblea General la constitución de Comisiones Especializadas de duración permanente y constituir las de carácter temporal.

11- El nombramiento y remoción del Secretario General.

12- Autorizar, a propuesta del Secretario General, la contratación de personal y de servicio.

13- Las que les sean delegadas por la Asamblea General.

14- Adoptar acuerdos de la competencia de la Asamblea General cuando la urgencia sea tan extrema que esperar a la reunión de aquella, implique la pérdida de la oportunidad de la decisión. En estos casos habrá de acordarse simultáneamente la convocatoria de la Asamblea General, para someter el cuerdo a ratificación. Sin este requisito de convocatoria, el acuerdo no tendrá validez ni siquiera provisional.

15- La Junta Directiva podrá a propuesta del Presidente y con el voto favorable de dos tercios de los restantes componentes, designar a uno de sus miembros para que, con carácter de Vocal Delegado de la Junta Directiva ejerza atribuciones de la misma, que deberán ser taxativamente precisadas. En todo caso se entenderá que al Vocal Delegado compete la relación con el Secretario General, en cuanto se refiera a ejecución de acuerdos y funcionamiento de los servicios.

16- Establecer, dentro de las disponibilidades presupuestarias, los servicios que se consideren oportunos.

17- Adoptar acuerdos relacionados con la interposición de cualquier clase de acciones, reclamaciones o recursos.

18- Proponer a la Asamblea General las cuotas a satisfacer por los distintos miembros de la CEJ.

19- Cuantas atribuciones no estén expresamente encomendadas a otros órganos de la Asamblea General.

Composición de la Junta Directiva:

 

PRESIDENTE

Bartolomé González Ruiz

 

SECRETARIO GENERAL

Mario Azañón Rubio

 

VICEPRESIDENTES

Manuel Alfonso Torres González

Francisco Pastrana Martos

Ada Bernal Martínez

 

VOCALES

Juan Afán Muñoz
Giuseppe Agro
José Miguel Antequera Solís
Juan Arévalo Gutiérrez
José Ayala Mendieta
José Eduardo Bermúdez Ruiz
José Antonio Cabrera García
Ramón Calatayud Lerma
Manuel Carnero Luna
Manuel Carnero Luna
Angel Carrascosa Cano
Higinio Castellano García
Ismael Cerezo Gilabert
David Cobo Padilla
África Colomo Jiménez
Noelia Conrado Sánchez
Francisco Chamorro Ortega
Juan De la Chica Montoro
Manuel Antonio De Lorenzo Amado
Ildefonso Espinosa Jiménez
Antonio Flores Ortega
Federico Gaitán Jumillas
Cristóbal Gallego Martínez
Miguel Ángel García Barroso
Manuel García Callejón
Francisco García de los Reyes
Miguel Ángel García Ortega
Pedro Antonio García Rodríguez
Isidro Garrido Reyero
Raúl Gil Romera
Bartolomé González Ruiz
Bartolomé González Ruiz
Bartolomé González Ruiz
Antonio Guirao Carnero
Juan Carlos Hernández Camero
Rodrigo Jaén
Juan Jaén Gómez
Antonio Lechuga Parras
Agustín Liébanas Linares
Francisco López Cerezuela
Adelina Luna Alcalá
Jerónimo Manrique Cecilia
Hermenegildo Marchal Millán
Antonio Javier Martínez Calahorro
Pedro José Martínez Martínez
Jose Alfonso Martos Medina
Alejandro Mas Ramírez
José Carlos Mesa Valle
Fulgencio Meseguer Galán
Ana Belén Molina Chamorro
Francisco Molina Molina
Juan Morales de Coca
Sebastián Moreno Cuevas
Francisco Moreno Medina
Francisco Miguel Muñoz Gasco
Jesús Fernando Muñoz Hoyo
Juan Pedro Muñoz Pérez
Fernando Nicás Molina
Juan Francisco Olivares Leyva
Julián Ortega Moral
María Jesús Oya Amate
Antonio Padilla López
Mayca Palomino López
Francisco Pastrana Martos
José Peláez Calderón
Angel Antonio Peña Sánchez
Manuel Perales Rentero
Gerardo Pérez Giménez
Victoriano Pérez Mesa
Francisco Pulido Jiménez
Mª Teresa Quesada Hidalgo De Caviedes
Andrés Rodríguez González
José Rodríguez Mármol
Antonio Ruano Quesada
Ramón Rueda Quirós
Sebastian Ruiz Moreno
Lucas Ruiz Mozas
José Sánchez Aguilera
Juan José Sanz Jiménez
Juan José Sanz Jiménez
Marcos Tarancón Estrada
Julián Torres García
Manuel Alfonso Torres González
Manuel Alfonso Torres González
Jose María Valdivia García
Antonio Ángel Vega Pérez
Óscar Velázquez de la Hoz

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno y decisión de la CEJ.

 Composición:

1.- La Asamblea General estará integrada por los representantes de las Organizaciones Sectoriales Provinciales, de las Organizaciones Intersectoriales Locales o Comarcales miembros de pleno derecho, así como por los Miembros Asociados que designarán sus representantes con sujeción a las siguientes normas:

  1. a) Cada organización sectorial provincial dispondrá en la Asamblea General de un mínimo de dos representantes y un máximo de veinte, que serán atribuidos a propuesta de la Junta Directiva, teniendo en cuenta la importancia de la organización y empresas que agrupen, número de empleados que totalicen las empresas comprendidas, valor estimado de la producción de las mismas y otras valoraciones de carácter económico que por la Asamblea General se establezcan al efecto, en la Reglamentación de Régimen Interior.

En el caso de que los representantes de las organizaciones intersectoriales locales o comarcales igualen a los representantes de las organizaciones sectoriales provinciales, el número de representantes de estas últimas se incrementará automáticamente, fijando el número de representantes la Junta Directiva.

b) Cada organización intersectorial local o comarcal dispondrá en la Asamblea General de un mínimo de dos representantes y un máximo de cinco, que serán atribuidos a propuesta de la Junta Directiva y en base a los parámetros citados en el artículo 11. 1ª).

Competencias de la Asamblea General:

1- Reformar los Estatutos.

2- Aprobar los programas y planes de actuación de la CEJ.

3- Elegir al Presidente, Vicepresidentes.

4- Fijar las representaciones correspondientes a cada una de las Organizaciones Miembros y la composición inicial de la Asamblea General para cada periodo electoral.

5- Fijar las cuotas ordinarias, extraordinarias y específicas a satisfacer por lo miembros de la CEJ, de acuerdo con las normas de los Estatutos.

6- Aprobar los presupuestos y su cuenta de resultados.

7- Aprobar la Memoria anual de actividades.

8- Acordar la baja de los miembros de la CEJ.

9- Acordar el cese de los Cargos Directivos.

10- Adoptar acuerdos sobre la disolución y liquidación de la CEJ y sobre su incorporación o asociación con otras organizaciones de la misma naturaleza.

11- Aprobar la reglamentación de régimen interior, que podrá constar de varios reglamentos específicos.

12- Promover y llevar a la práctica todo lo que se considere útil para alcanzar los fines estatuarios y para favorecer la participación de los miembros en la vida de la CEJ.

Las Comisiones de Trabajo de la Confederación De Empresarios de Jaén son un órgano de consulta, estudio y debate, con carácter permanente, que contribuyen a la elaboración de estrategias y actuaciones que desarrollen y fijen los posicionamientos para la defensa de los empresarios del sector ante aquellos organismos públicos o privados que puedan actuar en detrimento del libre desarrollo de sus actividades.

Las Comisiones de Trabajo de la CEJ son las siguientes:

Consejos y Comisiones

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